Definición de la herencia yacente

La herencia yacente hace referencia a una situación en la que el patrimonio de una persona fallecida aún no ha sido trasladado oficialmente a sus herederos o legatarios.

Por tal motivo, es la fase de sucesión que se produce desde la muerte del titular del patrimonio hasta la aceptación formal o repudiación de la herencia por parte de sus herederos. Durante ese determinado periodo de tiempo, el patrimonio del fallecido permanece parado y no puede ser transferido ni dividido entre los herederos o legatarios.

 

Diferencia entre herencia yacente y comunidad hereditaria

La herencia yacente y la comunidad hereditaria son dos conceptos legales relacionados con la distribución de bienes después de la muerte de una persona, pero tienen diferencias significativas:

Cuando nos referimos a la «herencia yacente´´, se entiende como la situación en la que la sucesión de los bienes de una persona no se ha resuelto completamente debido a que permanecen en trámites legales. De esa manera los bienes están en un estado «yacente´´ o pendiente de resolución, hasta el momento en que se proceda a continuar con la distribución de los bienes para los herederos. 

La «Comunidad hereditaria´´ viene causada por la situación en la que se encuentra la herencia cuando son llamadas varias personas de forma simultánea y sin una designación especial de partes, desde que es aceptada por todos los llamados y hasta que se produce su división o adjudicación.

Es decir, es la situación en la que la herencia finalmente es aceptada y los herederos no tienen el derecho legítimo sobre determinados bienes, sino sobre el conjunto de todos ellos, todos son copropietarios de lo heredado.

El código civil no regula especialmente la comunidad hereditaria, concibiéndose tradicionalmente como la unidad abstracta que incluye cosas, derechos y obligaciones. Sin embargo, esta unidad abstracta no genera ningún derecho especial en la persona del heredero. 

 

¿Quién administra la herencia durante la fase yacente?

Durante la fase yacente, la administración de la herencia corresponde a los albaceas o administradores testamentarios. Estos pueden ser designados en el testamento del fallecido o, en su defecto, ser nombrados por un juez.

Sí no hay testamento o si no se designa albacea o administrador, corresponde la administración a los herederos yacentes (Personas designadas como beneficiarios de la herencia).

Obligaciones fiscales

Existen obligaciones fiscales durante la fase yacente de una herencia, en concreto se deben pagar los impuestos correspondientes a la herencia, como lo son el impuesto de sucesiones y donaciones, el IIVTNU (Impuesto sobre el incremento del valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana), retención a efectos del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas), el IS (Impuesto sobre sociedades) o pueden ser sujetos pasivos del IVA, IBI, IAE, ICIO.

Es fundamental destacar que estas obligaciones fiscales pueden variar dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que se encuentren los bienes y de las circunstancias específicas de cada caso.

¿Pueden renunciar a ella?

Sí, los herederos pueden aceptar o renunciar a la herencia de forma voluntaria y libre, de esa manera se puede renunciar a la herencia yacente.

El código civil lo establece en su artículo 988: «La aceptación y repudiación de la herencia son actos enteramente voluntarios y libres. ´´

Se puede renunciar a una herencia en cualquier momento, incluso durante la fase yacente, antes de aceptar formalmente la herencia. Una vez que se ha aceptado la herencia de forma expresa o tácita, la renuncia ya no es posible.

La renuncia a la herencia debe ser realizada de forma expresa y por escrito ante notario.

¿Es posible presentar una demanda por mala gestión?

Sí, es posible presentar una demanda por mala gestión en un proceso de herencia yacente, si durante la fase yacente de una herencia se detecta que el administrador de la herencia ha realizado una gestión negligente o fraudulenta con los bienes del fallecido, los herederos o legatarios pueden interponer una demanda para reclamar la reparación de los daños y perjuicios ocasionados.

De esa manera, la demanda debe dirigirse contra el administrador de la herencia.

 

¿Cuál es la duración de la herencia yacente?

La duración de la herencia yacente depende del tiempo en que los herederos tarden en aceptar o renunciar a la herencia, por tanto, la herencia permanecerá en situación yacente y los bienes permanecerán bloqueados, hasta el momento de la aceptación o repudiación.

 

¿Cómo se administra la herencia yacente de un arrendamiento?

Para la gestión del arrendamiento, los herederos pueden designar a una persona para que se encargue de la gestión del mismo durante la fase yacente, siempre que cuenten con la autorización judicial correspondiente. 

Esta persona deberá de realizar las gestiones necesarias para mantener el contrato en vigor, gestionar pagos de renta y mantener el inmueble en buen estado de conservación.

En caso de que existan deudas pendientes de pago por parte del arrendatario, estos deberán ser incluidos en la relación de bienes y deudas de la herencia y se deberán liquidar en el proceso sucesorio.

Si necesitas ayuda, puedes contactar con nuestro abogados especialistas en herencias.

 

Mónica Santana Ordoñez