Sorteos en redes sociales

Una de las maneras más habituales de darse a conocer en las redes sociales, consiste en hacer sorteos. Ya sea para darse a conocer de manera profesional como para obtener más seguidores.

Conforme se han ido abriendo paso las redes sociales como una de las fuentes principales de darse a conocer, han ido surgiendo de forma paralela una serie de herramientas para alcanzar diferentes objetivos. La manera más conocida de conseguir un mayor número de seguidores, consiste en realizar sorteos en las redes.

El usuario que realiza el sorteo en las redes, establece un premio, no teniendo porque ser del producto que quiere publicitar, y los participantes serán otros usuarios que tendrán posibilidades de ganar el premio si siguen los pasos establecidos por el usuario que realiza el sorteo.

Los pasos a seguir suelen incluir las mismas dinámicas en la mayoría de sorteos de las redes. En primer lugar darle ´´like« a la publicación, además mencionar amigos para que el sorteo tenga más alcance y, por tanto, el usuario más repercusión, y por último compartir la publicación del sorteo en el perfil propio. Bien, hay que conocer cuáles de estas premisas necesarias para participar son legales y cuáles no.

Para empezar hay que tener en cuenta que el ganador del sorteo es escogido al azar, es decir no se trata de un concurso en el que el participante deba superar una prueba, sino que es escogido al azar.

Problemática de las bases legales en sorteos en redes sociales

La diferencia principal que existe entre concurso y sorteo reside en la determinación del ganador, consistiendo los sorteos en la elección de un ganador por puro azar, mientras que en el concurso debe haber una serie acciones que luego son valoradas con respecto a otros participantes para establecer un ganador.

Conforme al artículo 6 de la Ley de Servicios de la Sociedad de Información y Comercio Electrónico, establece que no deberá haber una autorización previa. Es decir, en cuanto a los sorteos en las redes, está sujeto al principio de libre prestación de servicios.

Sin embargo, y como en el resto de prestaciones reguladas por una normativa u ordenamiento jurídico, existen una serie de restricciones generales que limitan de cierta manera la autonomía a la hora de realizar este tipo de prestaciones. Esta serie de restricciones, están reguladas en el artículo 8 de la ley mencionada anteriormente:

  1. En caso de que un determinado servicio de la sociedad de la información atente o pueda atentar contra los principios que se expresan a continuación, los órganos competentes para su protección, en ejercicio de las funciones que tengan legalmente atribuidas, podrán adoptar las medidas necesarias para que se interrumpa su prestación o para retirar los datos que los vulneran. Los principios a que alude este apartado son los siguientes:
  2. a) La salvaguarda del orden público, la investigación penal, la seguridad pública y la defensa nacional.
  3. b) La protección de la salud pública o de las personas físicas o jurídicas que tengan la condición de consumidores o usuarios, incluso cuando actúen como inversores.
  4. c) El respeto a la dignidad de la persona y al principio de no discriminación por motivos de raza, sexo, religión, opinión, nacionalidad, discapacidad o cualquier otra circunstancia personal o social, y
  5. d) La protección de la juventud y de la infancia.
  6. e) La salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual.

Otra de las obligaciones que debe tener en cuenta la persona que crea un sorteo en las redes, es un deber fiscal. Deberá realizar un previo pago del 20% de la valía de los premios a Loterías y Apuestas del Estado. Como se establece en la Ley 13/2011 de Regulación del Juego.

Por otra parte, deben estar claramente establecidas y al alcance de todos los usuarios la normativa o la base legal del sorteo. Y además, existir una cantidad de información suficiente y clara sobre: los premios, la metodología del sorteo, es decir, la manera de escoger el ganador, los pasos a seguir o requisitos para participar, entre otros. También se debe informar de la identidad del organizador y las normas que no se deben incumplir para seguir participando.

Ejemplos sorteo Instagram

En cuanto a Instagram,  existe una política que ofrece un espacio para la creación de sorteos de los usuarios.

La normativa que existe en las redes sociales con respecto a los sorteos, suelen incluir los mismos puntos principales, un ejemplo de estas redes donde están a la orden del día los sorteos, es Instagram.

La regulación a la hora de hacer sorteos se fundamenta principalmente en el uso libre de la plataforma para realizarlos pero debiendo responder en caso de cualquier problema.

Es decir, Instagram no responde en caso de que el sorteo no haya funcionado correctamente o se hayan cumplido las condiciones establecidas.

Por otra parte, con respecto al usuario que crea el sorteo, no gozará de la ayuda de Instagram para la realización del sorteo, sino que se encargará por su cuenta.

De esta manera, se aprecia que los sorteos en esta plataforma se caracterizan por el uso de un espacio libre para la promoción de una marca o producto.

Límites sorteos Instagram

En este sentido, establece los siguientes límites:

En primer lugar el único responsable del correcto funcionamiento del sorteo será el perfil que lo organiza, así como los patrocinadores y el conjunto de perfiles que componen el sorteo.

Por tanto, Instagram no respalda que el sorteo sea legítimo. Es decir, en caso de incumplimiento del sorteo o mala fe del usuario que organiza el sorteo, los perfiles dañados no podrán acudir a Instagram para que responda por reclamación por daños.

Aunque el sorteo se realice mediante Instagram, solo actúa como mera plataforma. Por esto, en caso de estafa del sorteo, la única manera para reclamar por daños será en contra del perfil que realiza y publica el sorteo, y en su caso, contra la empresa que lo organiza junto con el perfil.

Además, según la política de privacidad y condiciones de Instagram, la red social no tiene permitido incitar a compartir publicaciones en las que no se aparece.

En muchas ocasiones, por no decir en la mayoría, cuando se sortea un producto, es organizado por el perfil que lo patrocina para ganar publicidad y seguidores, y la empresa que comercializa el producto que es el bien que se sortea, también hace publicidad del producto.

Muchos de los sorteos incluyen como requisito necesario para participar, compartir la publicación del sorteo publicada por el usuario. Además, suelen añadir que habrá una comprobación de los usuarios ganadores para cerciorarse que efectivamente han compartido dicha publicación. Otro de los requisitos de los sorteos en las redes suele ser etiquetar otros usuarios y comentar en la publicación y dejar constancia de que te gusta la publicación mediante el conocido ´´Like«.

Controversias sorteos redes sociales

Es aquí donde encontramos ciertas controversias. En primer lugar una de las normas de la política de Instagram consiste en no incitar a que los participantes se etiqueten en publicaciones que no aparecen.

A raíz de esto, y en relación al requisito de compartir la publicación del usuario creador del sorteo, si un usuario que tiene el perfil privado gana el sorteo, el usuario creador del sorteo no podrá hacer nada para comprobar si efectivamente ha compartido la publicación.  En primer lugar porque es un requisito contrario a la normativa de la red social. Por otro lado, porque según la política de la red social, establece que queda fuera de garantizar, respaldar u organizar cualquier situación derivada de un sorteo.

Sin embargo, Instagram tendrá la facultad de acceder a cualquier perfil en caso de que por circunstancias legales así se exija. De esta manera, si se reclama al perfil creador del sorteo por daños causados, o por ejemplo por la comisión de un delito de estafa, Instagram, si así lo exige la ley y si realmente hay razones sólidas para considerar que ha habido una ilegalidad, podrá acceder al perfil del usuario en cuestión.

La política de privacidad de Instagram, da respuesta a los requerimientos legales y forma de evitar daños de la siguiente forma:

´´Podemos acceder a tu información, así como conservarla y compartirla, en respuesta a un requerimiento legal (como una orden de registro, orden judicial o citación) si creemos de buena fe que la ley así lo exige. Esto puede incluir la respuesta a requerimientos legales de jurisdicciones ajenas a los Estados Unidos si creemos de buena fe que la ley de esa jurisdicción exige dicha respuesta, que afecta a los usuarios en dicha jurisdicción y que resulta coherente con estándares reconocidos internacionalmente. También podemos conservar, compartir y acceder a información si creemos de buena fe que es necesario para detectar, prevenir y combatir el fraude u otra actividad ilegal; protegerte a ti, a otras personas y a nosotros, incluso como parte de investigaciones; y para prevenir la muerte o el daño físico inminentes. Se puede acceder a la información que recibamos sobre ti y procesarse o conservarse durante un período de tiempo prolongado cuando sea el objeto de un requerimiento u obligación legal, una investigación gubernamental o investigaciones relacionadas con posibles infracciones de nuestras condiciones o políticas, o que permitan evitar que se produzcan daños.«

Por tanto, pese a que Instagram no garantiza el cumplimiento de las normas establecidas en el sorteo que crea un usuario, en caso de apertura de procedimiento legal contra una persona que, por ejemplo, haya cometido un delito de estafa, Instagram podrá a acceder a las cuentas implicadas.

 

Jaime Piñeira Pardo