Registrar un logo puede parecer a priori un procedimiento algo tedioso, pues se han de cumplir una serie de solicitudes y trámites necesarios para que el logotipo que hayas elegido quede totalmente protegido. 

Nuestra primera recomendación es que registres el logo junto a la marca, pues se tramita conjuntamente en la misma solicitud y por el mismo precio. Es decir, has de decidir si se vas a registrar un logo únicamente como gráfico o si prefieres combinarlo con una denominación, siendo en el primer caso una marca gráfica y en el segundo una marca mixta.

 En Garrido y Doñaque, te aconsejamos que presentes la solicitud una vez tengas claro el nombre comercial y el logo. ¡¡Recuerda que deberás utilizar el mismo logo que hayas registrado para que no te caduque la marca por falta de uso!!

No obstante, antes de presentar la solicitud, recuerda que es muy importante realizar un estudio minucioso sobre el logo y hacer una comparación exhaustiva con otros que ya están registrados y así poder descartar posibles coincidencias. 

 

¿Es necesario inscribir en el registro un logo?

Si ya has decidido cómo denominar tu marca pero no tienes claro si es necesario inscribir en el registro un logo junto a esta denominación, te adelantamos que no es necesario. 

Se pueden registrar varios tipos de marcas y entre ellas, existe la marca denominativa: Esta se refiere a aquellas que se forman únicamente por palabras o letras, números en caracteres estándar, sin características gráficas, de disposición ni color.

Para registrar una marca denominativa te recomendamos que utilices una palabra corta, fácil de recordar y de pronunciar, y así poder acceder al consumidor más fácilmente. Es conveniente que, además sea una denominación original y llamativa.

Además recuerda que no debe ser una marca genérica o descriptiva de los productos a los que se refiere, es decir, debe poder diferenciarse del mismo producto o servicio que se pretenda vender.

 

Ventajas de hacer la inscripción

No es obligatorio tener registrada tu marca o tu logo, sin embargo, como ya habrás oído, te previene de muchos dolores de cabeza. 

Desde que dañen la imagen de tu negocio, hasta que sea otro el que lo registre y te acuse de plagio… Hay numerosas prácticas ilegales que podrían afectar a tu marca.

Sin embargo, registrar un logo presenta unas ventajas y permite que tu empresa tenga asegurada: 

  • Una protección real frente a los imitadores, te da la seguridad de que puedes defenderte ante cualquier delito de plagio.
  • Evitar que otros traten de acusarte a ti de plagio, imitación o competencia desleal.  
  • Te garantiza un uso exclusivo y excluyente de esa marca en el mercado.
  • Además la distinción entre la competencia y una exclusividad. 
  • Genera prestigio y solvencia frente al consumidor.
  • Puedes evitar que otros la utilicen no solo como marca, sino también como nombre de empresa y nombre de dominio para una web. La marca tiene superioridad sobre ellos.

Esta protección jurídica que ofrece el registrar tu nombre comercial y tu logo además aumenta el valor de tu empresa, al gozar de una exclusividad y personalidad que le hace distinguirse de las demás.  

No dudes en registrar tu marca, y si tienes alguna duda podemos ayudarte con el proceso, además junto al registro de la misma, en Garrido y Doñaque, lo complementamos con una vigilancia minuciosa durante esos 10 años, es decir, que detectamos cualquier marca que pretendan registrar y presente semejanzas a la tuya.  

 

¿Cómo registrar un logotipo en España?

Para registrar tu logo es España, basta con seguir estos pasos: 

  1. Comprobar que no existe un logo igual o semejante al tuyo. Este estudio es muy importante, pues una vez presentada la solicitud, se abrirá el plazo de dos meses para que las demás marcas presenten su oposición. En la web de Oficina Española de Patentes y Marcas existe un buscador que te permite realizar la comparativa y así asegurarse de que no hay posibilidad de estar cometiendo una infracción.
  2. Decidir el número de clases del nomenclátor. Deberás acudir a la clasificación de Niza, en la cual se detallan los tipos de actividades que tu producto o servicio va a ofrecer y elegir en cuales deseas estar protegido. 
  3. Cumplimentar la solicitud del registro y pago de las tasas. Para formalizar la solicitud en la oficina de España debes acudir a la página web de la OEPM, para hacerlo en la Unión Europea a través de la EUIPO y si deseas protegerlo a nivel internacional debes hacer a través de la WIPO.
  4. Por último, el estudio y aprobación de la solicitud por parte de los examinadores de la oficina.

No obstante, lo mejor es acudir a un experto Agente Oficial de la Propiedad Industrial como somos en Garrido & Doñaque, quien realizará todos los trámites en tu nombre y evitarás posibles errores que invaliden la marca.

 

Qué logos se pueden registrar

Como puedes intuir, utilizamos la palabra logo como vulgarismo para denominar a un conjunto de conceptos que realmente significan cosas distintas,  sin embargo, es muy recomendable que sepamos los verdaderos significados a la hora de registrar un logo en España, pues puede adoptar distintas formas:

  1. Logotipos: Poniendo de ejemplo Coca-Cola o Google, son los que utilizan una palabra escrita con especial caligrafía para identificar su compañía. Aunque los utilicemos para denominar al resto, realmente sólo sería apropiado para referirnos a las formaciones de palabras. 
  2. Isotipos: Aluden a un símbolo o representación gráfica que representa a la marca de forma independiente al nombre de la empresa. Como ejemplo, pensemos en Apple y su conocida manzana. Reconocemos la marca sin necesidad de acompañar ningún texto.
  3. Imagotipos: Surge de la combinación de las dos anteriores, es decir, del texto con una imagen, pero ambas, se pueden identificar por separado. Un ejemplo de este tipo de logo es Carrefour. Podemos encontrar en algunos productos únicamente el símbolo y en otros la tipografía.
  4. Isologos: Un isólogo también el resultado de la unión entre el logotipo y el isotipo, pero en este caso, no logarían identificarse por separado. El icono y el nombre son indivisibles y sólo se conocen si aparecen juntos. Esto ocurre con los identificativos de Burger King o Pizza Hut, por ejemplo.

Para decidir qué tipo de identificativo se ajusta más al objetivo de tu marca, deberás estudiar la viabilidad de utilizar símbolos o únicamente el texto. Al registrar uno de diferentes tipos de logos junto al nombre comercial conseguirás que sea más original y diferenciarte del resto. 

Te recomendamos que no te precipites en la elección de tu logo, pues este te representará a ti y a tu empresa.

 

Cuál es el precio por realizar esta acción 

Una vez elegido el identificativo que mejor represente a tu empresa, habiendo seleccionado la clase o clases y tras rellenar la solicitud de la oficina pertinente, deberás proceder al pago de las tasas.

 Registrar un logo en España tiene un precio que dependerá del número de clases que hayas elegido según la clasificación de Niza. Las tasas en España para la solicitud de registro de una sola marca principal cuesta aproximadamente 146 euros, y 83 euros para la segunda clase o sucesivas. Los precios varían prácticamente todos los años y los puedes consultar en la web de la OEPM.

A este importe habrás de sumar los honorarios de tu Agente Oficial de la Propiedad Industrial que realice las gestiones en tu nombre.

 

Macarena Gonzalez Derqui