Garrido y Doñaque
Abogados de pensión compensatoria Madrid
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Garrido y Doñaque
Cálculo de la pensión compensatoria
Una de las principales confusiones existentes durante los procedimientos de divorcio es la que tiene lugar entre los conceptos de pensión alimenticia y de pensión compensatoria. Sin embargo, refieren a realidades distintas. La primera implica una prestación que los progenitores deben proporcionar a los hijos para su sustento, vestido, alojamiento, asistencia médica y formación. La segunda, por contra, es una prestación de cónyuge a cónyuge.
En concreto, la pensión compensatoria del divorcio es una prestación que uno de los cónyuges debe abonar al otro porque el el divorcio ha supuesto un desequilibrio económico respecto a la situación económica que disfrutaba durante el matrimonio. Es decir, que el divorcio suponga un claro empeoramiento de su situación de carácter económico anterior. El cálculo de la pensión compensatoria depende de las circunstancias cada caso y del criterio judicial.
Abogado para pensión compensatoria
Pensión a hijos por separación
Es la pensión alimenticia que los padres deben proporcionar a los hijos para su sustento integral. Aunque se denomina pensión de alimentos, no sólo debe cubrir la alimentación propiamiente dicha, sino todas las necesidades para el desarrollo normal del hijo, es decir, necesidades básicas de alimento, vestido y salud, educación, socialización, es decir toda necesidad de desarrollo personal del menor.
Pensión alimenticia sin hijos
Aunque no suele ser habitual, es posible que un cónyuge pueda reclamar del otro una pensión de alimentos, es decir, para su sustento y no porque haya existido un desequilibrio por el divorcio o separación, que sería la pensión compensatoria. Esto se debe a que la pensión de alimentos no sólo la pueden reclamar los hijos respecto de los padres, sino también otros parientes entre sí que tengan la obligación legal de prestarse dicho sustento: entre cónyuges, padres a hijos, hijos a padres, abuelos y nietos, etc.
Pensión compensatoria indefinida
Dependiendo del desequilibrio que haya que compensar tras la disolución del matrimonio, así se determinará la pensión compensatoria, que podría ser, incluso indefinida. Todo dependerá de las circunstancias que en cada caso se produzcan y que son necesarias valorar como por ejemplo: la duración del matrimonio, la edad del cónyuge que deba percibir la pensión, su cualificación profesional y posibilidad de acceso a un trabajo, la dedicación al mantenimiento de la familia o a la actividad profesional del otro cónyuge, etc. Todas estas circunstancias será las que valore el juez para determinar no solo la cuantía de la pensión sino también su duración.
Pensión compensatoria por divorcio
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Modificación de medidas pensión de alimentos
Del mismo modo en que nos referíamos a la pensión compensatoria, resulta muy complicado establecer cuantía y duración de la pensión alimenticia sin conocer en profundidad las particularidades de la misma. Sin embargo, estas particularidades pueden cambiar a lo largo del tiempo. ¿Pueden revisarse las circunstancias determinantes de la sentencia relativa a la pensión alimenticia en su vida o en la vida de su ex? Sí, pueden. Y con nuestros abogados de pensión alimenticia podrá hacerlo de la manera más eficiente.
La revisión de tales circunstancias puede dar lugar a la modificación de las medidas de pensión de alimentos. Pero las circunstancias en su vida y las circunstancias en la vida de su ex no son los únicos factores que pueden provocar modificaciones en la pensión. También los cambios en la vida de los hijos, especialmente aquellos que se encuentran vinculados a su desarrollo y crecimiento. Del mismo modo, las variaciones en la ley, sea mediante procesos legislativos o mediante jurisprudencia, también pueden hacerlo.
No obstante, los cambios deberán cumplir ciertos requisitos para poder dar lugar a la modificación de medidas de pensión de alimentos. En primer lugar, ser posteriores a la sentencia que dio lugar a las medidas de pensión actuales. En segundo lugar, ser suficientemente relevantes. En tercer lugar, no haberse podido prever. En cuarto lugar, ser permanentes en el tiempo. En quinto y último lugar, dichos cambios no podrán haber sido provocados por el cónyuge que demanda la modificación. ¿Le asesoramos?
Garrido y Doñaque
Abogados para reclamar manutención atrasada
En Garrido y Doñaque disponemos de un departamento especializado en derecho de familia. Uno integrado por profesionales del derecho cualificados en áreas muy concretas. ¿Busca un abogado experto en reclamar la manutención de hijos tras divorcio? Nuestros despachos en Madrid y Soria son la solución. Nos encargamos de estudiar su caso en profundidad para determinar cuáles son las mejores soluciones administrativas y legales. Una vez contemos con su aprobación, implementamos dichas soluciones para obtener los resultados deseados.
Contamos con más de cincuenta años de trayectoria en la prestación de servicios jurídicos y con conocimientos especializados del derecho familiar. Sabemos cómo actuar. ¿Quiere reclamar la manutención atrasada? Desde el momento en que interpone la demanda, si el cónyuge demandado no proporciona dicha pensión alimenticia atrasada, se ordenará el embargo de sus bienes, en especial de su salario o pensión, de tal forma que antes de que cobre dicho salario, se le deduzca el importe de la pensión que irá directamente a sus hijos. Nos encargamos tanto de elaborar y presentar la demanda como de garantizar el abono de la manutención que trae asociada dicha presentación. Déjelo en nuestras manos. Cuidamos de lo que más le importa.
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En Garrido y Doñaque trabajamos alrededor de dos pilares: la especialización y el servicio al cliente. Llámenos y cuéntenos todo acerca de su caso para que podamos trazar e implementar las estrategias óptimas. Tenemos la solución que necesita.
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